AGILIZACION EN LA VENTA DE VIVIENDAS HEREDADAS

👉La ley hipotecaria prescinde el artículo 2️⃣8️⃣ que obligaba a esperar dos años para constituir una hipoteca sobre una vivienda heredada si el hereder@ no era descendiente directo, como un sobrino, un primo., etc.

Las inscripciones de los bienes heredados no tenían efecto hasta dos años después de la fecha del fallecimiento para asegurarse que no había familiares directos, como hijos ilegítimos, por ejemplo.

Con la derogación del mencionado artículo ➡los inmuebles heredados quedan libres de cargas y se pueden vender tras realizar la declaración de herederos y posterior adjudicación de herencia⬅.
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